sábado, 30 de junio de 2012

Hola a todos!!! La temática de las discapacidades que causan el uso de agrotóxicos nos pareció interesante abordarla para ponerla en agenda de la docencia y debatirla, ya que gremios como la CTA y otras ongs la tienen como prioridad. Espero que entiendan que es un ensayo de  una ley  o algo así, que todavía ni por cerca somos legisladores y menos cuando de sueldos se trata ja ja . Aunque no estaría mal replantearnos nuestro rol de ciudadanos y empezar a mostrar las múltiples capacidades que tenemos los docentes para intervenir en las problemáticas de la sociedad con claras propuestas para resolverlas. 



2)  TÍTULO DE LA LEY: LEY     “ATENCIÓN Y PREVENCION PRIMARIA VINCULADA A LAS DISCAPACIDADES Y EL USO DE AGROTÓXICOS”
Objeto de la Ley: Atender la problemática de las personas con diferentes discapacidades vinculadas al uso de agrotóxicos.
Fundamentos :  En la provincia de Misiones, el clima subtropical propicia el desarrollo de plagas que afectan a ciertos cultivos, en especial al tabaco, el uso de agroquímicos es permanente, el cual da cuenta de de alta probabilidad de la vinculación entre el uso indebido de productos de alta toxisicidad y la génesis de la discapacidad. Para apoyar esta afirmación se tuvieron en cuenta testimonios de familias que atraviesan situaciones desesperantes con uno o más integrantes de sus familias. Datos aportados por relevamientos e investigaciones académicas, televisivas, ONG, relevan que de cada 100 chicos en Misiones nacen 5 con Mienlomenigocele (MMC), con graves malformaciones en el sistema nervioso central, trastornos de la vista y la piel, miembros inferiores etc. como consecuencia del uso indiscriminado de agro tóxicos en diferentes cultivos y en especial el tabaco.   Esto además produce contaminación de recursos naturales como el agua y el suelo, extendiendo el problema a otros sectores de la población.
Misiones cuenta con una Ley de control y uso de agrotóxicos (Ley 2980) y decreto N° 2867/93 “Reglamento de la Ley de agrotóxicos “  que no contempla aspectos tales como la atención de las personas afectadas, ni la prevención de las enfermedades que causan.
LeyN° TITULO I: ORGANISMO DE EJECUCIÓN
Artículo I: Establécese la creación e un organismo responsable del relevamiento, registro y marcación de zonas vulnerables para la detección de personas con  discapacidades, malformaciones y otras patologías vincula al uso de agrotóxicos.
Artículo II: El mencionado organismo estará bajo la jurisdicción del Ministerio de  Salud Pública de la Provincia de Misiones, disponiendo una estructura funcional con representación provincial, zonal y local.
TÍTULO II: Deposiciones vinculadas a la atención de las personas afectadas por el uso indebido de agrotóxicos.
Artículo III: Dispóngase la creación de centros gratuitos de atención médica especializada en los hospitales zonales o regionales para los casos detectados.
Artículo IV:   en los centros de atención se confeccionarán un registro de efectos epidemiológicos para identificar componentes químicos y la relación con la frecuencia en el empleo del producto.
  Artículo V: Los centros de atención de personas afectadas por el uso de agrotoxicos deberán contar con equipamiento tecnológico adecuado al tratamiento de las enfermedades y de personal con capacitación específica.
Artículo VI:   Garantizar la contención integral de las personas con discapacidades, malformaciones y otras patologías causadas por el uso indebido agrotóxicos, atendiendo sus necesidades de recursos económicos, vivienda, educación, transporte, atención a la salud, medicamentos gratuitos, atención emocional y Psico-motríz.
TÍTULO III: PREVENCIÓN DE RIESGOS
 Artículo VII: Prohíbase a menores de 18 años y mujeres embarazadas participar de tareas que requieran contacto o manipulación de  agrotóxicos
Artículo VIII:   Establecer  mediante el aporte de otras instituciones, y valiéndose de la  información obtenida en los relevamientos, un control riguroso de los cursos de agua usados para el consumo y riego  y de los terrenos de cultivos  en áreas de uso de agrotóxicos o próximos a ellos.
 Artículo IX: Colocar carteles señaladores con advertencias del peligro del consumo o uso de esos recursos.
 Artículo X: Propiciar campañas educativas de concientización de prevención de enfermedades que causan discapacidades por el uso de agotóxicos.

TITULO IV: DEL FINANCIAMIENTO
 Artículo  XI: La aplicación de la presente Ley tendrá como fuente de financiamiento a aportes provenientes de: Fondo del Tabaco, Fondo de recaudación de multas aplicadas por el no cumplimiento a la Ley 2980,impuesto a la importación de insumos para la fabricación de agroquímicos vinculados a la producción agrícola y tabacalera.
TITULO XII: PLAZO DE VIGENCIA
Artículo XII: Las disposiciones de la presente Ley comenzarán a aplicarse en un lapso de 90 días corridos d la fecha de su publicación.
 Artículo XIII: Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial, Publíquese y Cumplido Archívese.
 Dada en la   Sala de Sesiones de la Honorable Cámara de representantes de la Provincia de Misiones a los veintinueve días del mes de Junio del año dos mil doce.

Módulo III  “Inequidad educativa ante la discapacidad y sus procesos de construcción social”
Trabajo practico N°2 Grupo:  Tavares,  Zelma Estela; Páez, Jorge; Onufrinjuk, Laura
1 ) La discapacidad en la sociedad de hoy está vinculada situaciones de vulnerabilidad de personas que por diferentes razones  la poseen. Es una posibilidad a la que todos estamos expuestos frente a la realidad social actual, donde la celeridad con la que se debe resolver problemas, el estrés, enfermedades que provocan pérdida de capacidades motrices y mentales etc,  limita el acceso igualitario y es motivo de exclusión y discriminación en la educación,  empleo, y a otros espacios como ser recreación, turismo.
La problemática de la discapacidad ha sido objeto de leyes que pretenden cubrir  necesidades de un sector desprotegido por medio de pensiones no contributivas, salarios familiares diferenciados, escuelas que atienden especialidades en varios aspectos, transporte gratuito, atención de la salud etc. Estas medidas, parte de las políticas públicas, muchas veces no son suficientes si no se generan cambios de paradigmas frente a la forma de abordar la problemática. Se continúa viendo a la discapacidad como situaciones “especiales” que necesitan atención permanente y no como sujetos de derecho que defienden sus principios de igualdad y autodeterminación. No se reconoce los puntos fundamentales a resolver. De nada sirve atender ciertos factores ambientales (rampas, baños acondicionados  etc) dentro del ámbito familiar o en oficinas públicas, si al salir a la calle hay innumerables obstáculos que no permiten ejercer el derecho al libre tránsito.
 Tampoco resuelve el problema, si cuando se legisla el “espíritu de la Ley” protege en forma encubierta intereses que no son los de las personas que debe proteger, esto niega el derecho a la prevención como es el caso de las enfermedades causadas por el manejo de agrotóxicos.

sábado, 2 de junio de 2012

Módulo II Diplomatura Superior en Educación e inclusión social. Variaciones de lo Escolarsocial

Trabajo  Modulo II  Segunda Etapa: Materiales Educativos- Materiales didácticos

1) Luego  de la observación de varios objetos, televisor, lámina, globo terráqueo etc, hemos clasificado en materiales educativos y didácticos siguiendo como criterio de selección la función que éstos cumplen en la transmisión del conocimiento y la utilidad que tienen cada uno de ellos en el momento en que se los utiliza.
2) Clasificamos el material de la siguiente forma:
Materiales didácticos: televisor,, diario, revista, juego, radio, contador globo terráqueo, lámina
Materiales educativos: libro, programas televisivos educativos, programas radiales.
3) Características que debe reunir un material para ser educativo:
Posibilitar el aprendizaje, comunicar, informar contenidos, ilustrar, entretener
4) Concepto de material didáctico: El material didáctico es la herramienta que actúa de soporte para transmitir un contenido o información con el objetivo de que quienes lo utilicen aprendan y comprendan lo que el material transmite.  
Estela Tavares- Laura Onufrijczuk